Resumen del Artículo 48 del EBEP – Permisos de los Funcionarios Públicos
Los funcionarios públicos tienen derecho a diversos permisos retribuidos, que incluyen:
Por razones familiares:
- Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario
- 5 días hábiles: Cónyuge, pareja de hecho, familiares de primer grado o convivientes dependientes.
- 4 días hábiles: Familiares de segundo grado.


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