Circular 7/2025 – Calendario Laboral 2026 (Diputación de Alicante)
La Circular 7/2025 regula el calendario laboral del año 2026 para el personal de la Diputación de Alicante, conforme a lo acordado en Mesa General de Negociación y a la normativa vigente.
I. Vacaciones
- 22 días hábiles de vacaciones por año completo de servicios.
- Días adicionales por antigüedad:
- +1 día al cumplir 15 años de servicio.
- +1 día más al cumplir 20, 25 y 30 años.
- Disfrute dentro del año natural y hasta el 15 de febrero del año siguiente, en períodos mínimos de 5 días hábiles consecutivos.
- Posibilidad de solicitar el disfrute independiente de hasta 5 días hábiles por año natural.
- Si el disfrute se ve impedido por nacimiento, incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo o lactancia, podrá disfrutarse después, con límite de 18 meses.
II. Permisos por asuntos particulares
- 6 días de asuntos particulares en 2026.
- 1 día adicional por coincidir el 15 de agosto de 2026 en sábado (inhábil a efectos laborales, retribuido y no recuperable).
- Días adicionales por trienios:
- Derecho a 2 días desde el día siguiente al cumplimiento del sexto trienio.
- Se incrementa, como máximo, en 1 día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo.
- Disfrute hasta el 15 de febrero del año siguiente.
- Entre el 22/12/2026 y el 05/01/2027 (ambos inclusive), se podrá hacer uso de 3 días como máximo, salvo que las necesidades del servicio permitan ampliación.
III. Días festivos 2026
Nacionales y de la Comunitat Valenciana:
- 1 de enero (Año Nuevo)
- 6 de enero (Epifanía del Señor)
- 19 de marzo (San José)
- 3 de abril (Viernes Santo)
- 6 de abril (Lunes de Pascua)
- 1 de mayo (Fiesta del Trabajo)
- 24 de junio (San Juan)
- 15 de agosto (Asunción de la Virgen)
- 9 de octubre (Día de la Comunitat Valenciana)
- 12 de octubre (Fiesta Nacional de España)
- 8 de diciembre (Inmaculada Concepción)
- 25 de diciembre (Natividad del Señor)
Locales (Alicante):
- 16 de abril (Santa Faz)
- 23 de junio (Hogueras de San Juan)
El personal con destino en municipios de la provincia podrá adaptar los festivos locales a los de la localidad donde esté destinado.
IV. Permiso por Nochebuena y Nochevieja
Los días 24 y 31 de diciembre, cuando coincidan con días laborables, permanecerán cerradas las oficinas públicas, salvo servicios esenciales (información, Registro General y los contemplados en la normativa aplicable).
V. Reducciones de jornada
- Hogueras:
- Días 19 y 25 de junio: entrada 08:45 y salida 14:15.
- Día 22 de junio: reducción de jornada (07:30) correspondiente a fiestas patronales.
- Santa Rita: reducción de jornada de 3 horas.
- Estas reducciones son recuperables con tiempo de formación y deben aplicarse garantizando la prestación del servicio (turnos en centros y departamentos con atención permanente).
VI. Retribución de determinadas festividades
El personal que preste servicios en determinadas fechas (24 y 25 de diciembre, 31 de diciembre, 1, 5 y 6 de enero) será retribuido mediante módulos según el turno (mañana, tarde o noche) conforme a la tabla indicada en la Circular.
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