#plandepensiones #spda #masymejor #diputacionalicante #alicante masymejor.es

Noticias SPDA
PLAN DE PENSIONES DE PROMOCION CONJUNTA DEL PERSONAL DE LA DIPUTACION DE ALICANTE, SUS ORGANISMOS DEPENDIENTES, AYUNTAMIENTOS, Y OTRAS ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA.
CONTINGENCIAS CUBIERTAS
· Jubilación
· Fallecimiento
· Invalidez y Gran Invalidez
· Dependencia Severa
· Grave Dependencia
Los supuestos especiales para liquidar el plan sin que concurran las contingencias anteriores son:
· Enfermedad Grave
· Desempleo
· Procedimiento de Ejecución sobre la vivienda habitual
FORMAS DE COBRO
Hay Total Flexibilidad para el cobro, el participe decide la fecha y la forma de cobro de la prestación del Plan de Pensiones. Puede elegir entre las siguientes opciones:
· Capital
· Renta (puede elegir periodicidad, importe y duración)
· Mixta; es una combinación de las dos anteriores, capital inicial + renta periódica
No hay plazo para solicitar el cobro del plan de pensiones una vez jubilado.
DOCUMENTACION NECESARIA PARA SOLICITAR EL COBRO
- Certificado de la Seguridad Social donde se indique la fecha de efecto de la jubilación
- Fotocopia DNI
- Documentación firmada, disponible en cualquier oficina SabadellCAM. (Solicitud de cobro + comunicación de datos al pagador)
- Certificado actual de titularidad de la cuenta donde se quiera cobrar la prestación, que será emitido por la entidad bancaria correspondiente (no tiene que ser obligatoriamente en una cuenta BS)
FISCALIDAD
· Si se cobra en forma de CAPITAL, se considera rendimientos del trabajo. Tributa sumado a la pensión. En este caso se beneficia de una reducción del 40% sobre las primas aportadas hasta diciembre del año 2006.
· Si se cobra en forma de RENTA, se considera rendimientos del trabajo. Tributa sumado la pensión. En este caso no hay reducción aplicable. La opción de cobro que se decida afecta fiscalmente al resto de planes de pensiones que se puedan tener en otras entidades, ya que la reducción del 40% solo se puede aplicar en un ejercicio fiscal, conviene por tanto rescatar todos los planes en el mismo ejercicio fiscal. Una vez jubilado, y hasta que se decide rescatar el plan de pensiones, se pueden seguir realizando aportaciones al mismo y seguir desgravándose estas aportaciones. No es compatible cobrar y aportar. Si se tramita el cobro por jubilación ya no se puede seguir aportando al plan.
Personas de contacto para Informacion adicional:
Previsión Empresarial Banco Sabadell;
· Rosa Maria Moya Martinez 691 58 83 63
· Margarita Ballester Garcia 626 64 86 75
Comentarios recientes