Bases convocatoria concesión anticipos para la acquisición de vehículos

De acuerdo con las previsiones del capítulo VI del IV Acuerdo/Convenio sobre regulación de las condiciones de trabajo de los funcionarios/empleados de la Diputación Provincial de Alicante, se establecen las presentes bases con el fin de regular las convocatorias para la concesión de anticipos de vehículos…

1.- OBJETO. Otorgar a los funcionarios/empleados de la Diputación de Alicante, incluidos en el ámbito de aplicación, anticipos sin interés alguno cuyo fin es la adquisición de vehículos, articulándose la concesión mediante dos convocatorias anuales.

2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN. Funcionarios y contratados laborales fijos de la plantilla de la Corporación que estén prestando servicios en el momento de solicitar el anticipo y que, por razón del servicio, utilicen habitualmente los vehículos de su propiedad.

3.- CUANTÍA DEL ANTICIPO.

3.1.- CUANTÍA: 80% del valor de compra que figure en la factura proforma o documento acreditativo con un máximo de 6.010,12€.

3.2.- DEVOLUCIÓN: La devolución de la cantidad anticipada se realizará por medio del descuento en nómina de las correspondientes cuotas mensuales, en un periodo de 12, 24, 36 ó 48 meses. El importe de la mensualidad será el resultante de dividir el importe concedido entre el número de mensualidades, ajustándose la última mensualidad al importe pendiente de reintegro.

En cualquier caso podrá solicitarse la cancelación anticipada por medio de descuento en nómina del resto pendiente de devolución.

4.- CONDICIONES PARA LA CONCESIÓN:

4.1.- La concesión de un anticipo de esta modalidad requerirá el compromiso del beneficiario de puesta a disposición del uso del vehículo por el mismo en el desarrollo de las funciones que tengan encomendadas.

4.2.- En caso de haber disfrutado con anterioridad o de estar disfrutando de un anticipo de esta modalidad, el solicitante deberá acreditar:

a).- Que el vehículo adquirido con el anticipo anterior haya alcanzado una antigüedad superior a 5 años, o bien haya superado la cifra de 150.000 kilómetros, sin perjuicio de aquellas excepcionales causadas por siniestros o averías graves.

b).- Haber cancelado la totalidad del anticipo concedido anteriormente.

4.3.- En el momento de formular la solicitud, el solicitante habrá de comprometerse a reintegrar la totalidad del anticipo pendiente de la devolución en el caso de cesar la prestación de servicios para la Diputación (jubilación, excedencias, etc.), así como en caso de incumplimiento de las condiciones establecidas.

5.- DOCUMENTACIÓN A APORTAR.

* Modelo de solicitud de anticipo para la adquisición de vehículo.
* Factura proforma o contrato de compraventa del vehículo.
* Factura original de la adquisición en caso de vehículos de nueva matriculación o documento expedido por la jefatura de tráfico acreditativo del cambio de titularidad en caso de vehículos de segunda mano, en ambos casos en el plazo de un mes desde el abono en nómina del anticipo.
* En segundos o posteriores anticipos documento expedido por la jefatura de tráfico acreditativo del cambio de titularidad del vehículo para cuya adquisición se solicitó el anterior anticipo.

6.- PLAZOS.

Los interesados deberán solicitar la concesión de anticipos para la primera convocatoria del 20024 hasta el 30 de junio del 2004 y para las sucesivas convocatorias semestrales antes del último día de cada semestre natural (adquisiciones producidas durante el semestre).

7.- IMPORTE MÁXIMO Y CRITERIOS PARA DETERMINAR EL ORIGEN DE CONCESIÓN.

El importe máximo a aplicar, así como los criterios determinantes del orden de atención de las solicitudes presentadas, en el caso de que este último importe resulte insuficiente, serán determinados por la Comisión de Seguimiento en cada convocatoria semestral.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.