Bases convocatoria – Ayudas asistenciales 2004

1.- OBJETO
La presente convocatoria tiene por objeto contribuir a sufragar los gastos odontológicos, ortopédicos, adquisición de audífonos y aparatos de fonación contemplados en la misma, realizados entre el 01/10/2003 y el 30/09/2004 y no cubiertos por la Seguridad Social o régimen equivalente, del personal al servicio de esta Corporación, y cónyuge e hijos a cargo del solicitante hasta edad de 23 años inclusive, así como de pensionistas, en idénticos términos que los del personal activo…
2.- MODALIDADES
2.1. Tratamientos odontológicos.
2.2. Tratamientos oftalmológicos.
2.3. Tratamientos ortopédicos.
2.4. Adquisición de Audífonos y Aparatos de Fonación.
3.- CUANTIAS
a) Ayudas por tratamientos odontológicos
*Empaste, obturación, amalgama, sellado…..30€
*Desvitalización nervio (Endodoncia, Pulpectomía)…..80€
*Limpieza de boca (Detartrage, Tartrectomía…)…..30€
*Periodoncia completa de toda la boca …..160€
*Prótesis fijas (piezas fijas, coronas, fundas no provisionales…)…..65€
*Prótesis removibles
_*Pieza o reposición de pieza en base o esquelético…..30€.
_*Dentadura superior o inferior …..200€.
_*Dentadura completa …..400€.>
*Implante osteointegrado …..95€.
*Ortodoncia …..601€.
b) Ayudas por tratamientos oftalmológicos.
*Reposición de montura …..40€.
*Reposición de cristal para lejos o cerca …..20€.
*Reposición de cristal bifocal o progresivo …..40€.
*Lentilla no desechable …..40€.
*Lentillas desechables …..80€.
c) Ayudas por tratamientos ortopédicos
*Calzado ortopédico …..50€.
*Plantillas ortopédicas …..22€.
Otras ayudas
*Audífonos y aparatos de fonación …..451€.
4.- REQUISITOS.
_4.1. Ser personal funcionario, laboral fijo o temporal en situación de servicio activo o bien prestando servicios en el periodo de presentación de solicitudes.
_4.2. Reunir la siguiente carencia: haber trabajado al menos 6 meses en el periodo que comprende la Convocatoria.
_4.3. Los cónyuges deberán acreditar la convivencia y dependencia económica del/la solicitante a través del correspondiente informe de vida laboral. Los hijos, menores de 24 años, deberán convivir con el solicitante y a su cargo, circunstancia que se considerará acreditada siempre que esté percibiendo la ayuda familiar por los mismos, en el caso de funcionarios y personal fijo de plantilla. El personal laboral temporal deberá acreditarlo mediante la presentación del libro de familia, si no lo hubiera presentado anteriormente.
_4.4. Se considera el plazo de 10 días que marca la Ley de Procedimiento Administrativo Común, para subsanar las diferencias en la documentación presentada, tras el cual la solicitud quedará desestimada.
5.- LIMITACIONES.
*Limpieza de boca …..Una al año.
*Periodoncia …..Una al año.
*Reposición de piezas en dentadura superior o inferior ….. máximo 200€.
*Reposicioón montura ….. 1 por persona/año.
*Lentillas ….. 1 par por persona año.
*Lentillas desechables incompatible con la ayuda anterior …..80€máximo anual.
*Calzado ortopédico ….. 2 pares por persona/año.
*Plantillas ortopédicas ….. 2 por persona/año.
*Audífono ….. 1 por persona/año.
*Aparato de Fonación ….. 1 por persona/año.
*Ortodoncia se abonará el 30% de cada factura presentada, hasta llegar al importe máximo por tratamiento de …. 601€.
6.- IMPORTE DE LA AYUDA.
El importe de la ayuda no podrá ser superior a la cuantía de la factura acreditativa del gasto. En todo caso será proporcinal al tiempo real de servicios prestados en el periodo de la Convocatoria.
7.- DOCUMENTACIÓN.
a)Original o fotocopia compulsada de las facturas o recibos justificativos, expedidos a nombre del/la trabajador/a solicitante o de los familiares beneficiarios siempre que sean mayores de edad y conste sus datos fiscales en la factura, en los que conste:
-Identificación expresa de la persona que recibe el tratamiento.
-Especifiación clara del tratamiento.
-Importe de la factura que constituirá la base imponible del IVA, señalando el tipo impositivo, importe IVA y precio total. Cuando la cuota correspondiente al IVA se repercuta dentro del precio se indicará únicamente el tipo tributario aplicado o bien la expresión «IVA incluido», si se está autorizado.
-Nombre o razón social, NIF o CIF, domicilio y localidad del expedidor y del trabajador solicitante o del beneficiario mayor de edad.
-Fecha de expedición y número de la factura o recibo.
b)Impreso de solicitud que se facilitará en el Dpto. de Personal.
c)Declaración jurada anexa a la solicitud.
d)Fotocopia compulsada del Libro de Familia, en el caso en que no se haya presentado previamente para la solicitud de otro tipo de ayuda.
e)Informe de vida laboral que acredite el cese de la actividad, o Informe negativo de vida laboral, para los cónyuges, que se solicitará en la T.G.S.S.
8.- LIMITACIÓN PRESUPUESTARIA,
El presupuesto máximo para hacer frente a la totalidad del gato derivado de la Convocatoria de Ayudas Asistenciales, que hará referencia a los gastos efectuados por tratamientos recibidos entre el 01/10/2003 y el 30/09/2004, queda fijado en 92.000,00€ para la Convocatoria d e 2004. Este importe deberá recoger el total de las solicitudes de Ayudas presentadas, correspondientes al periodo citado, al objeto de poder cumplir las limitaciones presupuestarias que marca el mismo Acuerdo/Convenio al establecer una cantidad fija para el año natural, no pudiéndose minorar las cuantías de ejerccicios futuros. A estos efectos, se considerará para las sucesivas Convocatorias, como imputables a cada una de ellas, los periodos del 1 de octubre del ejercicio anterior al 30 de septiembre del año de convocatoria. En caso de que el importe de las ayudas solicitadas superase dicha cantidad, se aplicará el reparto proporcional que corresponda.
9.- INCOMPATIBILIDAD, REVISIÓN, RENOVACIÓN Y SANCIONES.
a) La concesión de estas Ayudas será incompatible con otras ayudas del mismo orden concedidas por el Estado o cualquier otra Institución Pública.
b) La adjudicación de las Ayudas, se haya o no abonado su importe, será revisada y en su caso revocada en los supuestos de evidenciarse que su concesión concurrió ocultación o falseamiento de datos, la existencia de incompatibilidad por recibir beneficio con cargo a fondos públicos en el concepto de ayudas homologables con las aquí convocadas.
c) En caso de que se aprecie en el solicitante intención fraudulenta, o el mismo hubiera cometido cualquier tipo de acción tendente a confundir, ocultar o aparentar circunstancias, la Diputación podrá exigir el reintegro de las cantidades percibidas desde la comisión del acto fraudulento, quedando hinhabilitado durante cinco años para percibir cualquier otra ayuda de las reguladas en esta u otras convocatorias de la corporación.
10.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
Las instancias, en modelo que podrá solicitarse en el Departamento de Personal de la Excma. Diputación Provincial, sito en la Avda. de la Estación, nº 6 se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial y deberán haber sido presentadas en el Registro General de la misma desde el día 1 de julio al día 30 de septiembre de 2004 referidas, en todo caso, a actuaciones realizadas hasta el 30/09/2004. La presentación fuera del plazo indicado impedirá la toma en consideración de cualquier solicitud en esta y futuras convocatorias.
11.- OTRAS AYUDAS ASISTENCIALES.
Además de las ayudas tipificadas en la presente Convocatoria, la Comisión de Acción Social podrá proponer la concesión otras ayudas asistenciales, con carácter excepcional, teniendo en cuenta los siguientes criterios y dentro del límite presupuestario para el ejercicio 2004 de 2.237,66€:
* Preferentemente tratamientos no cubiertos por la Seguridad Social.
* Acreditar la urgencia y gravedad de los mismos.
* Se tendrá en cuenta la situación socio-económica familiar del solicitante.
* Se tendrá en cuenta las posibilidades repercusiones físicas o psicológicas derivadas de la enfermedad.
* La situación se valorará e informará por una trabajadora social colaboradora de la Comisión de Acción Social.
* La ayuda a conceder podrá ser por el importe íntegro del gasto, o por importe parcial en función del número de solicitudes que se tengan en cuenta y del montante de las ayudas que se soliciten.
Las solicitudes deberán presentarse, en forma de instancia, en el Registro General, hastas el 30/09/2004.
INTERPRETACIÓN POR LA COMISIÓN DE ACCIÓN SOCIAL.
Las cuestiones que suscite la interpretación de las Bases de esta Convocatoria, así como la tramitación del expediente, serán objeto de estudio y propuesta resolución por la Comisión de Acción Social.
13.- IMPUGNACIÓN.
La Convocatoria y sus Bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma previstos en la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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