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Aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno del 27 de abril de 2016, se hace público que por Acuerdo de la Junta de Gobierno del 19 de octubre de 2016 han sido denegadas en su totalidad o en parte las solicitudes presentadas por los siguientes trabajadores:
| N.I.F |
| 22121412N |
| 22924746W |
| 52780428M |
| 28988764R |
| 12720161B |
| 21420160F |
| 74223065H |
| 22112021M |
| 21671181Y |
| 48344987E |
| 48572433K |
| 73989697P |
| 21445985A |
| 74193605K |
| 21476391A |
Así mismo, en dicho Acuerdo se dejan por desistidas, por no atender el requerimiento de subsanación de la documentación requerida, las solicitudes de los siguientes trabajadores:
| N.I.F. |
| 21455469B |
| 21434048A |
El motivo de la denegación puede consultarlo en el “Portal del Empleado / Gestiones de usuario / Gestiones personales / Comunicaciones generales y particulares”, o directamente personándose en el Departamento de Personal situado en Tucumán 10, 3ª planta
Los interesados arriba indicados, podrán comparecen en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la presente publicación, en las citadas Dependencias del Departamento de Personal de esta Diputación, en horario de 9 a 14 horas y de lunes a viernes, para conocimiento íntegro del acto objeto de notificación y constancia de la comparecencia en su caso; de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 Ley 39/15, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Transcurrido dicho plazo sin comparecencia de los interesados, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado.
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados potestativamente, en base al artículo 123 de la Ley 39/15, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la práctica de la presente notificación, o bien, interponer directamente recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de este orden de Alicante, o a su elección, el de la circunscripción de su domicilio, si lo tuviera fuera de la provincia de Alicante, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la práctica de la presente notificación a tenor de lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, advirtiéndole que tales recursos no suspenden la ejecución de esta resolución, y ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente.
Alicante, a 28 de octubre de 2016
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