Bases de la convocatoria de tres becas de formación y prácticas para DIPLOMADOS/AS O GRADOS EN RELACIONES LABORALES

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Por Acuerdo de la Junta de Gobierno adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 18 de junio de 2015 – dictado en virtud de las competencias delegadas por la Presidencia por Decreto número 1525, de 20 de julio de 2011-, se aprueban las convocatoria de 3 BECAS de Formación y Prácticas para Diplomados/as y Grados en Relaciones Laborales, con arreglo a las siguientes:

BASES

BASES POR LA QUE SE HABRÁ DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE TRES BECAS DE FORMACIÓN Y PRÁCTICAS PARA DIPLOMADOS/AS O GRADOS EN RELACIONES LABORALES

 

PRIMERA: Objeto de laconvocatoria.-

Es objetode las presentes Bases regular la convocatoria pública para la concesión detresbecasde formación y prácticas para diplomados/as o grados en Relaciones Laborales, afin de que estos/as puedan desarrollar de una manera práctica los conocimientosteóricos adquiridos en la Escuela Universitaria de Relaciones Laborales, tras laobtención del correspondiente título, así como adquirir la experienciaprofesional en las materias propias del ejercicio de la carrera de Diplomado oGrado en Relaciones Laborales, en el Área de Recursos Humanos.

Esta Convocatoria se ajusta a los“Nuevos criterios básicos a observar en las Convocatoria para accionesformativas que se lleven a cabo por la Excma. Diputación Provincial deAlicante”,aprobados por Junta deGobierno del 26 de marzo de 2015.

SEGUNDA: Aportación económica de laDiputación.-

La Excma. Diputación Provincial tienehabilitado, en la asignación presupuestaria correspondiente para el ejercicio2015, el importe de veintiún mil seiscientos euros (21.600,00 €) para Becas deFormación para Graduados Sociales. Dpto. de Recursos Humanos,que incluye el importe total de los gastos deSeguridad Social que se derivan de la aplicación del Real Decreto 1493/2011, de24 de octubre.

La cuantía de la aportación de laExcma. Diputación Provincial para cada una de las becas será de seiscientoseuros (600,00 €) brutos mensuales. El importe neto resultante, una vezdescontados los gastos sociales correspondientes así como la retención de IRPFque corresponda,2% en su caso, se abonarán directamente a los/asbeneficiarios/as por meses vencidos.

Para el abono mensual de la becaserá preceptivo el informe del Departamento de Personal de la Excma. Diputación,indicando que la persona becada ha realizado satisfactoriamente las tareas yprácticas encomendadas.

TERCERA:Duración de la beca.-

El número de becas a conceder seráde tres, con una duración dehastaseis meses, siendo la fecha máxima deduración de la beca el 31 de diciembre de 2015.

CUARTA: Desarrollo de los trabajos.-

El emplazamiento donde desarrollaránlas personas becadas sus prácticas, será el que en cada caso y momento designela Diputación de Alicante, en concordancia con las posibilidades del Área deRecursos Humanos.

QUINTA: Requisitos.-

Las becas, objeto de la presenteconvocatoria, se adjudicarán mediante concurso entre los diversos aspirantes alas mismas que reúnan los siguientes requisitos y los acreditendocumentalmente:

a)Tener lanacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y residir enla provincia de Alicante

b)Estar enposesión del título de Diplomado o Grado en RelacionesLaborales.

c)No habertranscurrido, en ningún caso, más de 3 años desde la obtención de la titulaciónexigida hasta la fecha de la convocatoria,lo que suponehaber finalizado los estudios requeridos con posterioridad al31 de julio de 2012.

d)No haberdisfrutado con anterioridad de la misma modalidad de beca que se solicita en elÁrea de Recursos Humanos de la Diputación de Alicante.

Esta condición no se aplicará aaquellos becarios/becarias que reúnan los requisitos, suplentes de anualidadesanteriores, que podrán concurrir a la presente convocatoria siempre que elperiodo de la beca disfrutado sea inferior a un semestre.

SEXTA: Solicitudes.-

Las solicitudes se formularánconforme al modelo que figura como Anexo a estas Bases, y que se puede encontraren la página Web de la Diputación Provincial de Alicante, en la siguientedirección:sede.diputacionalicante.es, o en la Oficina de Atención al Ciudadano de laDiputación de Alicante (Calle Tucumán, nº 8, bajo)Deberán presentarse debidamentecumplimentadas, en todos susapartados yde forma verídica y completa.

Una vez publicadas las bases,abierto el plazo de presentación de solicitudes, éstas se podránpresentar:

  • A travésde los medios telemáticos establecidos para ello en la sede electrónica de laDiputación, en la siguiente dirección:sede.diputacionalicante.es.
  • Presencialmente,en el Registro General de la Diputación Provincial, en horario deoficina, de lunes a viernes (calle Tucumán nº 8, 03005Alicante)
  • Porcualquier otro de los procedimientos establecidos en el Art. 38 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común

El plazo de presentación desolicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de lapublicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Si elúltimo día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábilsiguiente.

Los aspirantes, junto a lasolicitud, presentarán relación detallada de los méritos que quieran alegar,según modelo que acompaña a la solicitud.La Comisión elaborará y publicará,a la vista de las autobaremaciones de méritos realizadas,la relación previa de aspirantes por orden depuntuación.

Los nueve primeros aspirantes enpuntuación habrán de presentar, en una segunda fase, los correspondientesjustificantes, originales o copias debidamente cotejadas de los méritosalegados.

La valoración se realizaráatendiendo al siguiente baremo:

a)Expediente académicopersonal, de0 a4 puntos.Teniendo en cuenta la nota media ponderada, según el RD 1497/87,modificado parcialmente por el RD 1044/03, que aparece en elexpediente.

b)Realización decursos especializadosque tengan relacióncon recursos humanos, administración pública, prevención de riesgos laborales,nóminas y seguros sociales o microinformática,de 0 a 2 puntos.

-De 10 a49 horas…….0,10

-De 50 a99 horas…….0,30

-De 100 omás horas…0,50

c)Otras titulaciones,que no constituyan requisito para la concesión de la beca, pero que tenganrelación con la materia objeto de esta convocatoria: máster, título de doctor,expertos, especialista, formación profesional y/o títulos propios de cadaUniversidad,de 0 a 2 puntos.

d)Conocimientosdel valenciano. Se valoraráhasta un máximo de 0,50puntos, elconocimiento del valenciano, siempre que se acredite estar en posesión delcertificado expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneixements delValencià, con arreglo a la siguiente escala:

-Certificado de Coneixements Orals: 0,10puntos.

-Certificado de Grau Elemental: 0,20puntos.

-Certificado de Grau Mitjà: 0,30 puntos.

-Certificado de Grau Superior: 0,50puntos.

En caso de poseer más de un certificado deconocimiento del valenciano, sólo se valorará el de nivelsuperior.

e)Sevaloraráhasta un máximo de 0,50 puntosel conocimiento de lenguasoficiales de la Unión Europea diferentes de lalengua española, acreditándose documentalmente mediante certificados expedidospor las Escuelas Oficiales de Idiomas, con arreglo a la siguiente escala, en elbien entendido que sólo se valorará el de nivel superior:

-2º cursocompleto del Ciclo Elemental o Nivel Básico: 0,15 puntos.

-Certificado del Ciclo Elemental o Nivel Intermedio: 0,30puntos.

-Certificado de Ciclo Superior, Certificado de Aptitud oNivel Avanzado: 0,50 puntos.

Igualmente se valorará con 0,50 puntos todos aquellostítulos que se consideren equivalentes a un B2 o superior nivel, conforme alAnexo del Decreto 61/2013, de 17 de mayo, del Consell, por el que se estableceun sistema de reconocimiento de la competencia en lenguas extranjeras en laComunitat Valenciana y se crea la Comisión de Acreditación de Niveles deCompetencia en Lenguas Extranjeras.

Parala valoración de los idiomas comunitarios, en ningún caso se considerarán loscursos superados de idiomas incluidos en los planes de estudios de GraduadoEscolar, Formación Profesional, Bachiller y de estudios universitarios decualquier nivel.

Seránméritos puntuables en cada aspirante, los contraídos hasta el día de lapublicación de estas bases en el Boletín Oficial de laProvincia.

Las solicitudes, por tanto, deberánacompañarse de la siguiente documentación:

1.Anexo donde sedetallan los méritos alegados y baremados

2.Documento Nacional de Identidad

3.Certificado de empadronamiento que acredite la vecindad enun municipio de la provincia de Alicante.

Si la solicitud no reúne losrequisitos previstos en esta base, se requerirá al interesado para que, en elplazo de 10 días, posteriores al cierre del plazo de presentación desolicitudes, complete la documentación exigida. En caso de no ser así seconsiderará que desiste de su petición y ésta será archivada

SÉPTIMA:Incompatibilidad de las becas.-

La beca será incompatible concualquier otra beca o ayuda que pudiera conceder otra entidad pública o privada,así como con la percepción de ingresos de cualquier Administración Pública. Nose podrá, además, compatibilizar con cualquier tipo de contrato, por cuentaajena o en régimen de autónomo, ni con la realización de cualquier otraactividad que menoscabe las tareas de formación.

OCTAVA: Obligaciones del becario/a.-

Son obligaciones delbecario/a:

1.Incorporarseal Área de Recursos Humanos en la fecha que se le indique, salvo autorizaciónexpresa. La falta de incorporación o la inasistencia ulterior injustificada seinterpretará como renuncia a la beca.

2.Colaborarcon el personal técnico de los Departamentos adscritos al Área de RecursosHumanos y realizar su labor con aprovechamiento, de acuerdo con el planpreviamente aprobado, a cuyos efectos, se nombrará los correspondientestutores/as para las personas becadas, los/as cuales les encargarán los trabajosespecíficos.

3.El personalbecado estará sujeto a los horarios que se determinen, bajo la supervisión deltutor/a asignado/a y cumpliendo en todo caso la jornadaoficial.

4.Acreditarante la Diputación Provincial la realización de la actividad encomendada. Eneste sentido los tutores/as, supervisarán periódicamente la tarea realizada y laformación técnica adquirida por los becarios/as en cadacentro.

5.Hacer usoadecuado de las instalaciones y dependencias donde se realice laactividad.

6.Mantener laconfidencialidad respecto de la información a la que tuviere acceso durante suestancia y una vez finalizada ésta.

7.Redactar unamemoria detallada de los trabajos realizados. Esta memoria, que tendrá un mínimode 4 folios y un máximo de 6, se habrá de presentar en el Departamento dePersonal, en el plazo de diez días una vez finalizada la beca.

8.Comunicara laDiputación Provincial la obtención de subvenciones o ayudas para la mismafinalidad, procedentes de otras administraciones y entes públicos oprivados.

NOVENA:Derechos del becario/a.-

Los becarios tendrán los siguientesderechos:

1)Al uso deinstalaciones y servicios de la institución según las respectivas normasreguladoras.

2)Podrándisfrutar de un día laboral de descanso por cada mes de beca, al objeto de poderrealizar gestiones personales. Dicho disfrute podrá ser acumulado o fraccionadoa petición de la persona interesada y siempre con el consentimiento de lapersona asignada para la tutoría.

3)Los derechosdel personal becado, se entenderán modulados en sus condiciones específicas porlo dispuesto en la presente convocatoria.

DÉCIMA:Terminación.-

Las becas terminarán porlas siguientes causas:

a.Porfinalización del plazo de duración establecido, es decir, 31 de diciembre de2015.

b.Por renunciade la persona interesada.

c.Por pérdidade las condiciones o requisitos para la adjudicación de la beca.

d.Porrevocación de la concesión de la beca por incumplimiento de las obligaciones.

e.Por otrascausas que especifique la respectiva Convocatoria.

UNDÉCIMA:Comisión Calificadora.-

Parala valoración de los méritos de las personas solicitantes se constituye unaComisión Calificadora integrada por:

Presidencia:

?LaDirectora del Área de Recursos Humanos

Vocales:

?El Jefede Servicio del Departamento de Personal

?Un/aTécnico del Área de Recursos Humanos.

?Unrepresentante del Ilmo. Colegio Oficial de Graduados Sociales deAlicante

Secretaría:

?Un/afuncionario/a del Área de Recursos Humanos.

DUODÉCIMA: Proceso deadjudicación.-

1.Finalizadoel plazo de presentación de solicitudes, se realizará una primera valoración deméritos, por orden de puntuación, en base a la relación de méritos presentadapor las personas aspirantes, que se publicará en el Tablón de Anuncios de laCorporación,emplazando a los nueveprimeroscandidatos/as en puntuación para que, en el plazo de diez díashábiles, presenten la documentación acreditativa de los méritos alegados yprevistos en la convocatoria.

Toda la documentación deberá presentarse en documentosoriginales o en fotocopias debidamente compulsadas. La documentación que nocumpla estos requisitos no será tenida en cuenta a la hora de baremar elexpediente personal del/la solicitante.A lavista de la documentación presentada la Comisión Calificadora confirmará omodificará la puntuación de méritos. Si por la Comisión Calificadora se confirmael orden de puntuación publicado, se citará, en el plazo de 5 días, a losnueve primeros/as aspirantesenpuntuación, para unaentrevistaestructurada personalque se valorará hasta un total de 2 puntos.

Si, por el contrario,tras la presentación de la documentación, el orden de puntuación quedasealterado, la Comisión Calificadora solicitará a los siguientes aspirantes enorden de puntuación, que no hubiesen presentado la documentación, hasta elnoveno aspirante incluido, para que entreguen la misma, procediendo de nuevo talcomo se establece en el párrafo anterior.

Tras la entrevista, la Comisión Calificadoraañadirá la puntuación obtenida en la entrevistaestructurada personaly expondrá en el Tablón Oficialde Anuncios de la Corporación (físico y digital), la lista de aspirantes a lasbecas seleccionados/as, con las puntuaciones obtenidas, concediéndoles un plazode 10 días hábiles para que formulen las alegaciones y/o reclamaciones queestimen pertinentes en relación con la baremación.

Resueltas las posibles alegaciones y/o reclamaciones, laComisión Calificadora publicará la relación definitiva de becarios/asseleccionados/as por su orden de puntuación.

A dicho efecto, los/as tres aspirantes de la relación quehayan obtenido mayor puntuación, en el plazo máximo de diez días, deberánpresentar declaración responsable de no incurrir en causa de incompatibilidad,conforme a lo previsto en la Base Séptima.

2.Cumplidostodos los requisitos,la Sra. Diputada delÁrea de Recursos Humanos,formulará propuesta deconcesión de las becas a la Junta de Gobierno.

3.En elsupuesto de que alguna de las personas interesadas no cumpliera el requerimientoen el plazo concedido, decaerá en su derecho a la obtención de la beca,procediéndose en su caso, a requerir sucesivamente el cumplimiento de talesrequisitos al/la solicitante que siguiese en orden de puntuación en la relación,hasta que pudiera formularse la propuesta de concesión de la beca o declararsela misma desierta.

En el caso de que alguno/a de los becarios/as renunciara ala Beca, ésta podrá recaer, previo nombramiento por la Junta de Gobierno de laExcma. Diputación, en el primero/a de los suplentes propuesto por la ComisiónCalificadora. Por otra parte si, por cualquier motivo, la beca concedida quedarasin efecto, podrá recaer la misma en el/la aspirante que por puntuación sigacomo suplente, quien podrá disfrutarla durante el tiempo que restase alsustituido/a.

4.Si en elplazo de seis meses contados desde el día que finalice el plazo de presentaciónde solicitudes no se produjese la resolución de esta convocatoria, se entenderá,que todas las peticiones quedan desestimadas.

DECIMOTERCERA:Naturaleza de la beca.-

Estasbecas de formación en el Área de Recursos Humanos son de convocatoria pública dela Excma. Diputación Provincial de Alicante.

La relación que se establezca entrela persona beneficiaria de la beca y esta Diputación no constituye, en ningúncaso, una relación laboral, sin perjuicio de la aplicación de las normas queprocedan en materia de seguridad social y prevención de riesgos laborales. Al noexistir relación laboral, la finalización de la beca no genera ningún derecho deindemnización, al igual que el tiempo de estancia como becario/a no suponeningún derecho para una posterior incorporación a la plantilla. En cualquiercaso si ocurriera dicha incorporación, este periodo de beca no se computará aefectos de antigüedad, ni eximirá del período de prueba en su caso.

DECIMOCUARTA.-Régimen de Recursos.-

Contra el acuerdo que aprueba laspresentes Bases, así como contra el acuerdo de concesión o denegación de lasBecas convocadas, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en elplazo de un mes (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre) orecurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde supublicación, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, según previene la Ley29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.

En Alicante, a 22 dejunio de 2015

LA VICEPRESIDENTA 1ª Y DIPUTADA DELÁREA DE RR. HH. Y REG. INTERIOR,

Fdo. María Adelaida PedrosaRoldán

EL SECRETARIO EN FUNCIONES

Fdo. José Manuel BaezaMenchón

SPDA, Somos Tu Sindicato.

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