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ANUNCIO
Por Acuerdo de la Junta de Gobierno adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 16 de septiembre de 2020 se aprobó y convocó procedimiento de oposición libre para la selección de una plaza de Técnico Medio de Información Hidrológica, en régimen de interinidad y creación de Bolsa de Empleo, siendo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 192, de fecha 7 de octubre de 2020.
Con fecha 21 de octubre de 2020, el Colegio Oficial de Licenciados en Ciencias ambientales de la Comunidad Valenciana presentó recurso de reposición con Registro General de Entrada número 2020-E-RE-24836, por el que se solicita la inclusión de la titulación de Ciencias Ambientales dentro de las que constituyen requisito para poder participar en el procedimiento selectivo.
Por Acuerdos de la Junta de Gobierno adoptados en sesiones ordinarias celebradas en fechas 25 de noviembre de 2020 y 27 de enero de 2021, se dispuso la estimación total del recurso de reposición mencionado en el punto anterior, por lo que se modifica la Base Segunda, I e) de las que rigen la convocatoria para la selección, por oposición libre, en régimen de interinidad, de un Técnico Medio de Información Hidrológica y creación de Bolsa de Empleo, relativa a las titulaciones exigibles, procediéndose a retrotraer las actuaciones administrativas llevadas a cabo hasta el momento de la publicación de las Bases, a la nueva publicación de la modificación acordada y a la apertura de un nuevo plazo para presentación de solicitudes, exclusivamente para aquellos aspirantes que estén en posesión del título de Grado en Ciencias Ambientales o los tres primeros años de la Licenciatura de Ciencias Ambientales, o estuvieran en condiciones de obtenerlo antes de la finalización del nuevo plazo de presentación de instancias, sin que sea necesario que los aspirantes que hayan realizado su solicitud previa a dicha modificación tengan que volver a realizarla, de manera que donde dice:
“…/…
e) Estar en posesión de la titulación siguiente: Título de Ingeniería Técnica o la titulación que corresponda conforme al vigente sistema de titulaciones, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termina el plazo de presentación de instancias. En todo caso, la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
…/…”.
Pase a decir:
“…/…
e) Estar en posesión de la titulación siguiente: Título de Ingeniería Técnica, Grado en Ciencias Ambientales o los tres primeros años de la Licenciatura de Ciencias Ambientales o la titulación que corresponda conforme al vigente sistema de titulaciones, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termina el plazo de presentación de instancias. En todo caso, la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
…/…”.
Quedando subsistente el resto del articulado.
Contra el acto que se publica, -que es firme en vía administrativa al traer causa de la resolución de un recurso de reposición-, no se podrá interponer recurso administrativo alguno al poner fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 124.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso contencioso-administrativo únicamente frente a la modificación efectuada tras la estimación del recurso de reposición interpuesto que da lugar a la presente publicación, en el plazo de dos meses, previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y de acuerdo con la Base Decimosexta de las reguladoras del procedimiento en cuestión. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso extraordinario de revisión en el caso de que concurriera alguno de los supuestos previstos en el artículo 125.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Lo que se hace público para general conocimiento y de los interesados, iniciándose un nuevo plazo de diez días naturales para la presentación de solicitudes a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, exclusivamente para aquellas personas que se encuentren en posesión de Grado en Ciencias Ambientales o los tres primeros años de la Licenciatura de Ciencias Ambientales, sin que sea necesario que los aspirantes que ya hubieran presentado su solicitud previa a dicha modificación tengan que volver a realizarlo.
En Alicante, a 10 de febrero de 2021
EL JEFE DE SERVICIO LA DIPUTADA DE ADMINISTRACIÓN
GENERAL Y HACIENDA
LA SECRETARIA GENERAL
SPDA, Somos Tu Sindicato.
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