{"id":3589,"date":"2017-11-20T13:08:42","date_gmt":"2017-11-20T12:08:42","guid":{"rendered":"https:\/\/spda-alicante.com\/wp\/?p=3589"},"modified":"2017-11-20T13:08:42","modified_gmt":"2017-11-20T12:08:42","slug":"bases-y-convocatoria-puesto-de-jefe-de-servicio-asistencia-tecnica-area-de-emergencia-arquitectura-y-servicios-generales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/spda-alicante.com\/wp\/2017\/11\/bases-y-convocatoria-puesto-de-jefe-de-servicio-asistencia-tecnica-area-de-emergencia-arquitectura-y-servicios-generales\/","title":{"rendered":"BASES y CONVOCATORIA Puesto de JEFE de SERVICIO Asistencia T\u00e9cnica \u00c1rea de Emergencia, Arquitectura y Servicios Generales"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: right;\"><span style=\"color: #ff0000;\"><span style=\"color: #000000;\">#jefe-servicio\u00a0 #emergencia #arquitectura #bases\u00a0#plazos #spda \u00a0\u00a0<\/span><\/span><a href=\"http:\/\/www.masymejor.es\"><span style=\"color: #ff0000;\">mas<span style=\"color: #3366ff;\">y<\/span>mejor<span style=\"color: #3366ff;\">.<\/span>es<\/span><\/a><\/p>\n<div>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignright size-full wp-image-53\" title=\"oposiciones\" src=\"https:\/\/spda-alicante.com\/wp\/wp-content\/uploads\/2011\/03\/oposiciones.gif\" alt=\"\" width=\"92\" height=\"76\" \/><\/p>\n<p>Por Acuerdo de la Junta de Gobierno, adoptado en sesi\u00f3n ordinaria celebrada el d\u00eda 8 de noviembre de 2017 -dictado en virtud de las competencias delegadas por Resoluci\u00f3n del Ilmo. Sr. Presidente n\u00fam. 1.203 de 4 de agosto de 2015-, se aprueba y convoca el procedimiento para la provisi\u00f3n del puesto de:<\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p><strong>JEFE DE SERVICIO DE ASISTENCIA T\u00c9CNICA DEL \u00c1REA DE EMERGENCIA, ARQUITECTURA Y SERVICIOS GENERALES<\/strong>, abierto a otras administraciones por el sistema de libre designaci\u00f3n, y con arreglo a las siguientes:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u201cBASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION, POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACION, MEDIANTE MOVILIDAD ABIERTA A OTRAS ADMINISTRACIONES, DEL PUESTO DE TRABAJO DE JEFE DE SERVICIO DE ASISTENCIA T\u00c9CNICA DEL \u00c1REA DE EMERGENCIAS, ARQUITECTURA Y SERVICIOS GENERALES.<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>PRIMERA.- OBJETO.<\/strong><\/p>\n<p>Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria por el sistema de libre designaci\u00f3n, mediante movilidad abierta a otras administraciones, del puesto de trabajo de Jefe de Servicio de Asistencia T\u00e9cnica del \u00c1rea de Emergencias, Arquitectura y Servicios Generales (RPT 19015), de naturaleza funcionarial, conforme a lo dispuesto en los art\u00edculos 16.3.b), 78 y 80 del Real Decreto Legislativo 5\/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto B\u00e1sico del Empleado P\u00fablico, art\u00edculos 99 y 102 de la Ley 10\/2010, de 9 de julio de la Generalitat Valenciana, de Organizaci\u00f3n y Gesti\u00f3n de la Funci\u00f3n P\u00fablica Valenciana, en el art\u00edculo 101 de la Ley 7\/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de R\u00e9gimen Local, art\u00edculos 58 a 64 del Decreto 3\/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selecci\u00f3n, provisi\u00f3n de puestos de trabajo y movilidad del personal de la funci\u00f3n p\u00fablica valenciana y supletoriamente el Real Decreto 364\/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal<\/p>\n<p>al Servicio de la Administraci\u00f3n General del Estado y de Provisi\u00f3n de Puestos de Trabajo y Promoci\u00f3n Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administraci\u00f3n General del Estado; as\u00ed como las Bases Generales que han de regir en los procedimientos para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo de esta Diputaci\u00f3n, por Concurso de M\u00e9ritos\/Espec\u00edfico y Libre Designaci\u00f3n (B.O.P. n\u00fam. 75, de 23 de abril de 2013).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SEGUNDA.- CARACTER\u00cdSTICAS DEL PUESTO OBJETO DE ESTA CONVOCATORIA.<\/strong><\/p>\n<p>Puesto: Jefe de Servicio de Asistencia T\u00e9cnica del \u00c1rea de Emergencias, Arquitectura y Servicios Generales (RPT 19015).<\/p>\n<p>Administraci\u00f3n: Diputaci\u00f3n Provincial de Alicante.<\/p>\n<p>Dependencia Jer\u00e1rquica: \u00c1rea de Emergencias, Arquitectura y Servicios Generales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Subgrupo: A1.<\/p>\n<p>Titulaci\u00f3n: Arquitectura o la titulaci\u00f3n que, en su caso, corresponda conforme al vigente sistema de titulaciones universitarias.<\/p>\n<p>Nivel Complemento de Destino: 29.<\/p>\n<p>Misi\u00f3n: Dirigir, ejecutar y gestionar los servicios de asistencia t\u00e9cnica en materia de edificaci\u00f3n y urbanismo y evaluaci\u00f3n ambiental a los ayuntamientos de la provincia, as\u00ed como los servicios y asistencias t\u00e9cnicas de seguridad en los edificios de la Diputaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Dedicaci\u00f3n: L2 Libre Disponibilidad.<\/p>\n<p>Jornada: J1 Jornada intensiva\/partida.<\/p>\n<p>Complemento Espec\u00edfico Anual: 18.503,04 euros, m\u00e1s las adecuaciones previstas en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado que, en su caso, correspondan.<\/p>\n<p>Provisi\u00f3n: Libre Designaci\u00f3n entre funcionarios de carrera de esta Diputaci\u00f3n Provincial u otras Administraciones P\u00fablicas, del subgrupo A1, seg\u00fan lo previsto en la R.P.T.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>TERCERA.- REQUISITOS DE LOS FUNCIONARIOS DE CARRERA PARTICIPANTES.<\/strong><\/p>\n<p>Podr\u00e1n optar al puesto, los funcionarios de carrera de la Excma. Diputaci\u00f3n Provincial de Alicante, o de cualquier otra administraci\u00f3n p\u00fablica, integrados en el Grupo A, Subgrupo A1, en posesi\u00f3n de la titulaci\u00f3n se\u00f1alada en la base segunda.<\/p>\n<p>Podr\u00e1n participar los funcionarios cualquiera que sea su situaci\u00f3n administrativa, salvo los suspensos en firme en tanto dure la suspensi\u00f3n y el personal excedente voluntario por inter\u00e9s particular, durante el plazo legal obligatorio de permanencia en dicha situaci\u00f3n, previsto en el apartado 1 del art\u00edculo 127 de la Ley 10\/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenaci\u00f3n y Gesti\u00f3n de la Funci\u00f3n P\u00fablica Valenciana.<\/p>\n<p>Participar\u00e1n con car\u00e1cter forzoso, aqu\u00e9llos empleados que se encuentren en situaciones administrativas respecto de las que la Ley les obliga a participar.<\/p>\n<p>No podr\u00e1n tomar parte en esta convocatoria el personal funcionario que padezca enfermedad o defecto f\u00edsico o ps\u00edquico que impida el desempe\u00f1o de las funciones del puesto cuya provisi\u00f3n definitiva se convoca, que haya sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones P\u00fablicas, que se halle inhabilitado para el ejercicio de las funciones p\u00fablicas o incurso en alguna de las causas de imposibilidad o incapacidad espec\u00edficas establecidas en la vigente legislaci\u00f3n sobre empleo p\u00fablico, atendiendo espec\u00edficamente a su situaci\u00f3n administrativa.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CUARTA.- PRESENTACION DE SOLICITUDES.<\/strong><\/p>\n<p>Las Bases de esta convocatoria se publicar\u00e1n en el Bolet\u00edn Oficial de la Provincia de Alicante (B.O.P.) y en el Tabl\u00f3n de Anuncios de la Corporaci\u00f3n. Un extracto de la Convocatoria se publicar\u00e1 tambi\u00e9n en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (D.O.G.V.) y en el Bolet\u00edn Oficial del Estado (B.O.E.).<\/p>\n<p>Los funcionarios de carrera que deseen participar en esta convocatoria lo solicitar\u00e1n de forma preferente por v\u00eda telem\u00e1tica, si en la sede electr\u00f3nica de la Corporaci\u00f3n estuviere habilitada esta posibilidad a la fecha de presentaci\u00f3n de instancias.<\/p>\n<p>Si no estuviere habilitada la presentaci\u00f3n telem\u00e1tica, la instancia se dirigir\u00e1 a la Presidencia de la Excma. Diputaci\u00f3n Provincial de Alicante, adjuntando a la instancia fotocopia del D.N.I., y se presentar\u00e1 en el Registro General de la Corporaci\u00f3n durante el plazo de 10 d\u00edas naturales, contados a partir del d\u00eda siguiente a la publicaci\u00f3n del extracto del anuncio en el B.O.E. Mediante anuncio se avisar\u00e1 de que las resoluciones que aprueben la lista de aspirantes admitidos y excluidos, la composici\u00f3n de la Comisi\u00f3n T\u00e9cnica de Valoraci\u00f3n y la fecha, hora y lugar en que se reunir\u00e1 la misma, para valorar el \u201cCurriculum Vitae\u201d y la Memoria aportada por los interesados, se publicar\u00e1n en el Tabl\u00f3n de Anuncios de la Corporaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El personal funcionario que tenga la condici\u00f3n legal de persona con diversidad funcional podr\u00e1 participar con respeto al desempe\u00f1o de las tareas y funciones del puesto. Para lo cual, la Comisi\u00f3n T\u00e9cnica de Valoraci\u00f3n, recabar\u00e1 informes tanto del Jefe de Unidad de Desarrollo Organizacional, como del Jefe Servicio de Prevenci\u00f3n de<\/p>\n<p>Riesgos Laborales, respecto de la procedencia de su compatibilidad con las funciones<\/p>\n<p>del puesto.<\/p>\n<p>El modelo de instancia se facilitar\u00e1 tanto en las dependencias del Departamento de Personal como en la Oficina de Informaci\u00f3n de esta Corporaci\u00f3n, y a trav\u00e9s de la p\u00e1gina web de la misma (www.diputacionalicante.es).<\/p>\n<p>La instancia podr\u00e1 presentarse igualmente en la forma que determina el art\u00edculo 16 de<\/p>\n<p>la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan.<\/p>\n<p>Para ser admitidos y tomar parte en el procedimiento de provisi\u00f3n respectivo, adem\u00e1s de sus datos personales, los solicitantes habr\u00e1n de acompa\u00f1ar a la instancia presentada el certificado a que se refiere el art. 85 del Decreto 3\/2017 del Consell en el que se acrediten los extremos previstos en el mismo -condici\u00f3n de funcionario de carrera, sector de administraci\u00f3n general o especial, cuerpo, escala o agrupaci\u00f3n, funciones y requisitos de acceso, as\u00ed como titulaci\u00f3n que le sirvi\u00f3 para acceder al cuerpo, escala o agrupaci\u00f3n-, referidos siempre a la fecha de expiraci\u00f3n del plazo se\u00f1alado para la presentaci\u00f3n de instancias, estar\u00e1n exentos de este certificado los funcionarios de carrera de esta Diputaci\u00f3n, adjuntando a la misma su \u201cCurriculum Vitae\u201d en el que han de figurar los t\u00edtulos acad\u00e9micos, a\u00f1os de servicio, estudios y cursos realizados y otros m\u00e9ritos que estimen oportuno poner de manifiesto, as\u00ed como las caracter\u00edsticas de los puestos que se hubieren desempe\u00f1ando a lo largo de su trayectoria profesional en la Administraci\u00f3n P\u00fablica. Se acompa\u00f1ar\u00e1 documentaci\u00f3n acreditativa de los m\u00e9ritos alegados. No obstante, si dicha documentaci\u00f3n ya constase<\/p>\n<p>en su expediente personal obrante en esta Diputaci\u00f3n Provincial, s\u00f3lo ser\u00e1 necesario citarlo en la solicitud, sin que tenga que aportarse los documentos correspondientes.<\/p>\n<p>Los participantes tambi\u00e9n deben adjuntar a la indicada solicitud la elaboraci\u00f3n de una MEMORIA cuyo contenido versar\u00e1 sobre La asistencia t\u00e9cnica a la arquitectura de cooperaci\u00f3n municipal (edificaci\u00f3n y urbanismo): organizaci\u00f3n y prestaciones del Servicio; con una extensi\u00f3n como m\u00e1ximo de 20 folios \u2013DIN A-4- mecanografiados a doble espacio y por una sola cara.<\/p>\n<p>La falta de presentaci\u00f3n de dicho documento o, en su caso, el incumplimiento de los expresados requisitos que inexcusablemente debe reunir la indicada memoria en el meritado plazo, comportar\u00e1 autom\u00e1ticamente la exclusi\u00f3n del aspirante del presente proceso de provisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Los m\u00e9ritos no alegados y\/o no acreditados debidamente dentro del plazo de presentaci\u00f3n de instancias, no ser\u00e1n tenidos en cuenta.<\/p>\n<p>Ser\u00e1n m\u00e9ritos puntuables en cada concursante, los contra\u00eddos hasta el d\u00eda de publicaci\u00f3n del anuncio de la convocatoria y las presentes bases en el Bolet\u00edn Oficial del Estado.<\/p>\n<p>Finalizado el plazo de admisi\u00f3n de instancias o solicitudes, por el \u00f3rgano competente, se aprobar\u00e1 la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, que se har\u00e1 p\u00fablica en el Tabl\u00f3n de Anuncios de la Corporaci\u00f3n, concedi\u00e9ndose un plazo de 10 d\u00edas h\u00e1biles para subsanaciones. Si las hubiere, a su vista, se dictar\u00e1 resoluci\u00f3n aprobando con car\u00e1cter definitivo las listas de admitidos. En caso contrario se elevar\u00e1 a definitiva la lista provisional.<\/p>\n<p>Asimismo, por resoluci\u00f3n de la Presidencia, o en su caso, por el \u00f3rgano en quien delegue, se designar\u00e1n a los miembros que integrar\u00e1n la respectiva Comisi\u00f3n T\u00e9cnica<\/p>\n<p>de Valoraci\u00f3n, y el d\u00eda, hora y lugar en que se reunir\u00e1 para valorar los m\u00e9ritos acreditados y la Memoria aportada por los interesados.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>QUINTA.- COMISI\u00d3N T\u00c9CNICA DE VALORACI\u00d3N.<\/strong><\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n T\u00e9cnica de Valoraci\u00f3n, de conformidad con los dispuesto en los art\u00edculos 55 y 60 del Real Decreto Legislativo 5\/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto B\u00e1sico del Empleado P\u00fablico, y en los art\u00edculos 100.4 y 57 de la Ley 10\/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenaci\u00f3n y Gesti\u00f3n de la Funci\u00f3n P\u00fablica Valenciana, ser\u00e1 designada por la Presidencia de la Corporaci\u00f3n, o en su caso, por el \u00f3rgano que act\u00fae por delegaci\u00f3n de la misma, ajust\u00e1ndose a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tender\u00e1, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre. La Comisi\u00f3n actuar\u00e1 en todo caso, conforme a los principios de independencia y discrecionalidad t\u00e9cnica, y estar\u00e1 integrada por cinco miembros, funcionarios de carrera del mismo grupo\/subgrupo de titulaci\u00f3n, o en su caso superior al del puesto convocado y la mayor\u00eda de los miembros deber\u00e1n pertenecer a la misma \u00e1rea de conocimientos que la exigida para el ingreso, de los cuales uno ser\u00e1 el Presidente, tres actuar\u00e1n como Vocales y otro como Secretario.<\/p>\n<p>Todos ellos con voz y voto.<\/p>\n<p>El personal de elecci\u00f3n o de designaci\u00f3n pol\u00edtica, los funcionarios interinos, el personal<\/p>\n<p>laboral no fijo, el personal directivo profesional y el personal eventual no podr\u00e1 formar parte de las Comisiones T\u00e9cnicas de Valoraci\u00f3n.<\/p>\n<p>La pertenencia a la Comisi\u00f3n T\u00e9cnica de Valoraci\u00f3n de todos sus miembros, tanto titulares como suplentes, ser\u00e1 a t\u00edtulo individual, no pudiendo ostentarse \u00e9sta en representaci\u00f3n o por cuenta de nadie.<\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n T\u00e9cnica de Valoraci\u00f3n no podr\u00e1 constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de sus miembros -titulares o suplentes- indistintamente. En caso de ausencia tanto del Presidente titular como del suplente, la Presidencia la ostentar\u00e1 el miembro de la Comisi\u00f3n T\u00e9cnica de Valoraci\u00f3n de mayor jerarqu\u00eda, antig\u00fcedad y edad, por este orden.<\/p>\n<p>La designaci\u00f3n de sus miembros, que incluir\u00e1 los respectivos suplentes, se har\u00e1 p\u00fablica en el Tabl\u00f3n de Anuncios de la Corporaci\u00f3n, estando incursos en las causas de abstenci\u00f3n y recusaci\u00f3n establecidas en los art\u00edculos 23 y 24 de la Ley 40\/2015, de 1 de Octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico. El funcionamiento de la Comisi\u00f3n T\u00e9cnica de Valoraci\u00f3n se adaptar\u00e1 a lo establecido en la Ley 40\/2015 en relaci\u00f3n al funcionamiento de los \u00f3rganos colegiados.<\/p>\n<p>La comisi\u00f3n podr\u00e1 disponer la incorporaci\u00f3n a sus trabajos de asesores especialistas, que actuar\u00e1n con voz pero sin voto. Asimismo, a propuesta del Departamento de Personal, o en su caso, por la Comisi\u00f3n T\u00e9cnica de Valoraci\u00f3n, se designar\u00e1 a un colaborador para que preste servicios de car\u00e1cter administrativo durante el procedimiento de la provisi\u00f3n del puesto.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SEXTA.- M\u00c9RITOS Y CRITERIOS DE VALORACI\u00d3N.<\/strong><\/p>\n<p>Se establecen como criterios de valoraci\u00f3n atendiendo estrictamente a la naturaleza y funciones del puesto de trabajo que se convoca:<\/p>\n<p>Antig\u00fcedad y Experiencia:<\/p>\n<p>Se valorar\u00e1 que el aspirante haya desempe\u00f1ado en servicio activo un puesto de trabajo con los requisitos de titulaci\u00f3n exigidos para participar en esta convocatoria al menos durante diez a\u00f1os, ponder\u00e1ndose adecuadamente la valoraci\u00f3n de este m\u00e9rito en relaci\u00f3n con el resto y con el contenido de los trabajos desempe\u00f1ados por el aspirante.<\/p>\n<p>Grado:<\/p>\n<p>Se valorar\u00e1 que el aspirante haya consolidado un grado personal en el nivel de complemento de destino del puesto desempe\u00f1ado al menos en un nivel 28, ponder\u00e1ndose adecuadamente la valoraci\u00f3n de este m\u00e9rito en relaci\u00f3n con el resto de<\/p>\n<p>los valorados.<\/p>\n<p>Formaci\u00f3n:<\/p>\n<p>Se valorar\u00e1 la asistencia a cursos en materia de Administraci\u00f3n Local en directa relaci\u00f3n con el puesto de trabajo que se convoca, siempre que se hayan organizado por alguna entidad p\u00fablica o se hayan homologado por alg\u00fan organismo oficial de formaci\u00f3n de empleados p\u00fablicos, y que como m\u00ednimo hayan tenido cada uno una duraci\u00f3n de 15 horas lectivas, ponder\u00e1ndose adecuadamente la valoraci\u00f3n de este m\u00e9rito en relaci\u00f3n con el resto de los valorados.<\/p>\n<p>No se valorar\u00e1n, ni los cursos recibidos y pertenecientes a una licenciatura, diplomatura o Grado, ni los cursos derivados de procesos selectivos, promoci\u00f3n interna, planes de empleo y adaptaci\u00f3n del r\u00e9gimen jur\u00eddico a la naturaleza de los puestos que se ocupan. Por tanto, cuando se pretenda hacer valer cursos impartidos por las Universidades o otros organismos a trav\u00e9s de ellas, que puedan ser utilizados como cr\u00e9ditos de libre configuraci\u00f3n por los pertinentes planes de estudios, se deber\u00e1 adjuntar el correspondiente certificado que acredite que no han sido utilizados para dicho fin, en caso contrario no ser\u00e1n objeto de baremaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Otros m\u00e9ritos espec\u00edficos:<\/p>\n<p>-Se valorar\u00e1 el conocimiento del valenciano, en especial, estar en posesi\u00f3n del correspondiente certificado expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneiximents del Valenci\u00e0 o equivalente reconocido por la Generalidad Valenciana que lo acredite, ponder\u00e1ndose adecuadamente dicho m\u00e9rito atendiendo a su grado de conocimiento, todo ello en relaci\u00f3n con las funciones propias del puesto de trabajo que se convoca.<\/p>\n<p>-Se valorar\u00e1 el desempe\u00f1o como funcionario de carrera, de puestos cuyo nivel de Complemento de Destino fuera igual o superior al asignado al puesto objeto de la presente convocatoria (nivel 29) ponder\u00e1ndose adecuadamente dicho m\u00e9rito atendiendo a las caracter\u00edsticas del puesto y tiempo de desempe\u00f1o, todo ello en relaci\u00f3n con las funciones propias del puesto de trabajo que se convoca.<\/p>\n<p>-Se valorar\u00e1n tambi\u00e9n las actividades cient\u00edficas, docentes, de investigaci\u00f3n y publicaci\u00f3n que tengan relaci\u00f3n directa con la misi\u00f3n del puesto.<\/p>\n<p>Memoria:<\/p>\n<p>Se valorar\u00e1 la sistem\u00e1tica, contenido y propuestas que se contengan en el documento de memoria que se adjunte por los aspirantes a su solicitud de participaci\u00f3n ateni\u00e9ndose estrictamente a la tem\u00e1tica y extensi\u00f3n establecidas en la base cuarta.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>S\u00c9PTIMA.-ADJUDICACI\u00d3N Y NOMBRAMIENTO.<\/strong><\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n T\u00e9cnica de Valoraci\u00f3n, o en su caso, el Departamento de Personal, antes de redactar la propuesta de adjudicaci\u00f3n solicitar\u00e1 informe preceptivo y no vinculante al responsable administrativo\/superior jer\u00e1rquico de la dependencia donde se encuentre la vacante, qui\u00e9n lo emitir\u00e1 en el plazo de 15 d\u00edas, a la vista de los m\u00e9ritos aportados por los diferentes candidatos. Dicho informe se emitir\u00e1 de forma discrecional<\/p>\n<p>teniendo en cuenta la idoneidad de los candidatos en relaci\u00f3n con las caracter\u00edsticas del puesto. Tras el estudio de dicho informe y de los m\u00e9ritos acreditados por los aspirantes, contemplados en la base sexta, la Comisi\u00f3n T\u00e9cnica de Valoraci\u00f3n redactar\u00e1 su propuesta de adjudicaci\u00f3n, que tendr\u00e1 car\u00e1cter vinculante \u00fanicamente en<\/p>\n<p>relaci\u00f3n al cumplimiento de los requisitos de participaci\u00f3n de los candidatos, y se elevar\u00e1 a la Presidencia de la Excma. Diputaci\u00f3n Provincial, o quien act\u00fae por delegaci\u00f3n, para que dicte la resoluci\u00f3n correspondiente conforme al art\u00edculo 62 del Decreto 3\/2017, de 13 de enero, del Consell por el que se aprueba el Reglamento de Selecci\u00f3n, Provisi\u00f3n de Puestos de Trabajo y Movilidad de la Funci\u00f3n P\u00fablica Valenciana.<\/p>\n<p>Dicha Resoluci\u00f3n de la Presidencia, o de quien act\u00fae por delegaci\u00f3n, estar\u00e1 debidamente motivada y recoger\u00e1, en todo caso, la concurrencia de los requisitos exigidos, las circunstancias y aptitudes profesionales que se han tenido en cuenta para<\/p>\n<p>considerar que resulta la persona m\u00e1s id\u00f3nea para el desempe\u00f1o del puesto de trabajo y los m\u00e9ritos acreditados, as\u00ed como los criterios determinantes de la idoneidad del aspirante nombrado, public\u00e1ndose tal resoluci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial de la Provincia.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se podr\u00e1 declarar desierto el puesto convocado, si a pesar de que concurran candidatos que re\u00fanan los requisitos m\u00ednimos exigidos, se considera que ninguno resulta id\u00f3neo para el puesto convocado.<\/p>\n<p>En virtud del art. 113. 4 de la Ley Organizaci\u00f3n y Gesti\u00f3n de la Funci\u00f3n P\u00fablica de la Comunidad Valenciana, el funcionario nombrado quedar\u00e1 respecto de su administraci\u00f3n de origen en la situaci\u00f3n administrativa de servicio en otras administraciones p\u00fablicas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>OCTAVA.- TOMA DE POSESI\u00d3N.<\/strong><\/p>\n<p>Conforme al art. 63 del Decreto 3\/2017, de 13 de enero, del Consell por el que se prueba por el que se aprueba el Reglamento de Selecci\u00f3n, Provisi\u00f3n de Puestos de Trabajo y Movilidad de la Funci\u00f3n P\u00fablica Valenciana, en la resoluci\u00f3n de adjudicaci\u00f3n<\/p>\n<p>se indicar\u00e1 el plazo de toma de posesi\u00f3n.<\/p>\n<p>El plazo para tomar posesi\u00f3n empezar\u00e1 a contarse a partir del d\u00eda siguiente al del cese, que deber\u00e1 efectuarse dentro de los tres d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la publicaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n indicada en el Bolet\u00edn Oficial de la Provincia.<\/p>\n<p>Por la Presidencia de esta Administraci\u00f3n, u \u00f3rgano que act\u00fae por delegaci\u00f3n, se podr\u00e1 diferir el cese por necesidades del servicio hasta 20 d\u00edas h\u00e1biles.<\/p>\n<p>Efectuada la toma de posesi\u00f3n, el plazo posesorio se considerar\u00e1 como de servicio activo a todos los efectos, excepto los supuestos de reingreso desde situaci\u00f3n de excedencia voluntaria.<\/p>\n<p>La toma de posesi\u00f3n implica la integraci\u00f3n a todos los efectos como funcionario de carrera de la Excma. Diputaci\u00f3n Provincial de Alicante de conformidad con lo establecido en las bases generales que han de regir en los procedimientos para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo en esta Diputaci\u00f3n, por Concurso de M\u00e9ritos\/Espec\u00edfico y Libre Designaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>NOVENA.- PROTECCI\u00d3N DE DATOS DE CAR\u00c1CTER PERSONAL.<\/strong><\/p>\n<p>En la gesti\u00f3n de este procedimiento, el tratamiento de los datos personales se realizar\u00e1 en el fichero del Servicio de Personal del \u00c1rea de Recursos Humanos, siendo<\/p>\n<p>el \u00f3rgano administrativo responsable del fichero el propio Servicio.<\/p>\n<p>El personal administrativo del Servicio de Personal, los miembros de la Comisi\u00f3n T\u00e9cnica de Valoraci\u00f3n y, en su caso, el colaborador y el personal especializado que apoye a la misma, tendr\u00e1n el deber de secreto respecto de la informaci\u00f3n de datos personales a los que tengan acceso en la gesti\u00f3n del procedimiento.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>D\u00c9CIMA.- REFERENCIAS GEN\u00c9RICAS.<\/strong><\/p>\n<p>Toda referencia hecha al g\u00e9nero masculino en las presentes bases incluye necesariamente su hom\u00f3nimo en femenino. Los g\u00e9neros han sido empleados conforme a la pr\u00e1ctica y uso generalmente admitidos en aras a la agilidad ling\u00fc\u00edstica.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>UND\u00c9CIMA.- LEGISLACI\u00d3N SUPLETORIA.<\/strong><\/p>\n<p>Para lo no previsto en las presentes bases se estar\u00e1 a lo dispuesto en la Ley 7\/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del R\u00e9gimen Local, en el Real Decreto Legislativo 5\/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto B\u00e1sico del Empleado P\u00fablico, en la Ley 10\/2010, de 9 de julio, de Ordenaci\u00f3n<\/p>\n<p>y Gesti\u00f3n de la Funci\u00f3n P\u00fablica Valenciana, en el Decreto 3\/2017, de 13 de enero, del Consell, y supletoriamente en el Real Decreto 364\/1995, de 10 de marzo, por el que se<\/p>\n<p>aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administraci\u00f3n General del Estado y de Provisi\u00f3n de Puestos de Trabajo y Promoci\u00f3n<\/p>\n<p>Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administraci\u00f3n General del Estado y dem\u00e1s disposiciones aplicables y concordantes. As\u00ed como lo dispuesto en las Bases Generales de esta Diputaci\u00f3n para la provisi\u00f3n de puestos por Concurso de M\u00e9ritos\/Espec\u00edfico y Libre Designaci\u00f3n, con el alcance de lo establecido en su Base Decimosexta (B.O.P. n\u00fam. 75, de 23 de abril de 2013).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>DUOD\u00c9CIMA.- R\u00c9GIMEN DE RECURSOS.<\/strong><\/p>\n<p>El presente acuerdo pone fin a la v\u00eda administrativa, por lo que con arreglo a lo dispuesto en los art\u00edculos 114 y 115 de la Ley 39\/2015, as\u00ed como de los art\u00edculos 8, 14.2 y 46 de la Ley 29\/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicci\u00f3n Contencioso-Administrativa, los interesados pueden interponer uno de los siguientes recursos:<\/p>\n<p>A.- Con car\u00e1cter potestativo, recurso de reposici\u00f3n ante el \u00f3rgano que ha dictado la presente resoluci\u00f3n, en el plazo de 1 mes a contar del d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial de la Provincia de Alicante.<\/p>\n<p>B.- O bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de este orden de Alicante en el plazo de 2 meses a contar del d\u00eda siguiente al<\/p>\n<p>de su publicaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial de la Provincia de Alicante.<\/p>\n<p>Igualmente, contra la resoluci\u00f3n de la presidencia, o en su caso, \u00f3rgano en quien delegue, por la que se resuelva definitivamente la provisi\u00f3n del puesto, podr\u00e1 interponerse por los interesados los recursos indicados anteriormente, a contar a partir<\/p>\n<p>del d\u00eda siguiente al de su notificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Advirtiendo que tales recursos no tienen efecto suspensivo y ello, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que estime pertinente.\u201d<\/p>\n<p>Lo que se hace p\u00fablico para general conocimiento y de los interesados.<\/p>\n<p>En Alicante, a la fecha de la firma electr\u00f3nica.<\/p>\n<p>EL VICEPRESIDENTE SEGUNDO,\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 LA SECRETARIA GENERAL,<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Fdo.: C\u00e9sar Augusto Asencio Adsuar\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Fdo.: Amparo Koninckx Frasquet<\/p>\n<p><strong>SPDA, Somos Tu Sindicato.<\/strong><\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>#jefe-servicio\u00a0 #emergencia #arquitectura #bases\u00a0#plazos #spda \u00a0\u00a0masymejor.es Por Acuerdo de la Junta de Gobierno, adoptado en sesi\u00f3n ordinaria celebrada el d\u00eda 8 de noviembre de 2017 -dictado en virtud de las competencias delegadas por Resoluci\u00f3n del Ilmo. 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